Nación

Consumo no registrado: el ENRE sancionó a Edenor y Edesur

El ENRE dio respuesta a 6.980 reclamos y resolvió sancionar a las dos distribuidoras por la aplicación irregular de cargos en concepto de CNR.

Ante la falta de respuesta por parte de EDESUR S.A. y EDENOR S.A. a los reclamos iniciados por miles de usuarios entre 2017 y 2020 ante la aplicación irregular de cargos en concepto de consumos no registrados (CNR), el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) resolvió sancionar a las distribuidoras y aplicar una multa de $55 millones en favor de los reclamantes.

La medida fue tomada por la interventora del organismo, Soledad Manin, a través de las resoluciones 45 y 46/2021. De esta forma, según manifestó la entidad, se continúa «dando respuesta a las personas usuarias y devolviéndole institucionalidad al organismo».

«El aumento en los casos aplicación irregular de CNR ha generado acciones concretas por parte del regulador, tendientes a sancionar y detener estas prácticas», resaltaron. Una de estas acciones, destacaron, fue la resolución 37/2021, mediante la cual se instruyó a las empresas para que suspendieran la exigencia de pago de notas de débito y liquidaciones complementarias.

Además, las distribuidoras debieron abstenerse de interrumpir el suministro de energía eléctrica por falta de pago de estos conceptos, a los fines de auditar el trámite brindado por las empresas para la aplicación de estos ajustes en las facturas del servicio.

«La Intervención del ENRE está avanzando en la reglamentación del procedimiento a seguir por parte de EDENOR y EDESUR para la aplicación de consumos no registrados con el objetivo corregir este comportamiento abusivo y garantizar el derecho de las personas usuarias», manifestaron.

Cabe destacar que las distribuidoras se encuentran habilitadas a emitir facturas complementarias por recupero de CNR cuando los valores de energía no hubieran sido registrados o hubieran sido medidos en exceso o en defecto, ya sea por deficiencias propias del equipo de medición, o bien por comprobarse hechos que hagan presumir irregularidades en la medición. «Sin embargo, el Reglamento de Suministro establece requisitos puntuales para permitir la inclusión de cargos en concepto de recupero de energía, los cuales, según se pudo evaluar, no son respetados», aclaró el ENRE cuando ordenó la suspensión provisoria del cobro.

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