Provincia

Por graves amenazas, plantearon un habeas corpus por el detenido por la causa nafta municipal

El abogado defensor de Iván Fresneda solicitó su traslado inmediato a su domicilio en Zelaya con pulsera electrónica y custodia policial. El profesional fundamentó su petición en  las amenazas de muerte que recibe su asistido en su teléfono celular.

A través de un escrito presentado en el Juzgado de Garantías N° 7 de Pilar, el abogado Carlos Paniagua interpuso una acción de Habeas corpus a favor de Carlos Iván Fresneda, a efectos de que se ordene «el inmediato traslado»
del imputado desde el penal de Sierra Chica a la localidad de Zelaya,  y «sea puesto bajo segura custodia policial y monitoreo electrónico».

En su planteo, el letrado recordó que «en otras presentaciones efectuados a VS donde este defensor solicita el resguardo personal del justiciable, ya habíamos expuesto –documentadamente- que el imputado, y a consecuencia de su declaración testimonial está sufriendo amenazas de muerte mediante mensajes que le llegan a su celular vía aplicación WhatsApp».

«Con el correr de los días, dichas amenazas de muerte fueron tomando mayor entidad y dimensión; al punto tal que ahora los que amenazan al justiciable, no solo conocen el número de celular personal del Sr. Fresneda que muy pocos lo sabían, y entre ellos gente del SPB por el registro que debe hacerse de los mismos; sino que ahora en una nueva amenaza recibida, hicieron alusión explicita a los movimientos que realiza en imputado dentro del penal, como es ir a tomar clases de estudio de la carrera en la que se ha inscripto», graficó.

Para Paniagua, «lo más preocupante aun, es la última amenaza que recibiera por la aplicación WhatsApp donde le envían una foto donde pareciera ser el cuerpo de una persona sin vida dentro del baúl de un automóvil; con la leyenda ´ESTE ES EL SOPLON DE HACE 2 AÑOS QUE TRISTE FINAL LOS SOPLONES EL POR LO MENOS MURIÓ LIBRE VOS VAS A MORIR EN SIERRA CHICA´”.

El abogado remarcó que «la gravedad de las amenazas de muerte que viene recibiendo el justiciable por ser justamente un ´COLABORADOR´ con la ´JUSTICIA´ ya no admite dilación alguna en burocracias judiciales para ver sí los órganos del ´ESTADO´ le brindarán alguna protección a una persona que desde hace un tiempo largo viene solicitando a gritos que lo ´PROTEJAN´”, al tiempo que instó al inmediato traslado de Fresneda «a su domicilio y sea puesto en segura custodia por personal policial.

«Ante la gravedad de las amenazas sufridas, la reacción y decisión a tomar por parte de SS ya no admite otra dilación y/o camino que no sea el propuesto por esta defensa para resguardar la vida e integridad física del Sr. Fresneda», insistió antes de advertir que «este defensor no puede hacer otra cosa más que peticionar a las
autoridades para que brinden auxilio y protección a una persona que justamente ha decidido confiar en las instituciones judiciales, y en razón a ello, ha decidido brindar toda su colaboración para combatir efectivamente los hechos de corrupción pública».

«Por lo que entonces, NO carguemos sobre nuestras espaldas y conciencias una posible desgracia cuando ello en este momento puede ser perfectamente EVITADO con la puesta en marcha una medida ya tomada por SS, que a todas luces era, y es, la más razonable y aconsejable en las circunstancias; y que extrañamente el Sr. Agente Fiscal, hizo y hace todo lo posible en frustrar su implementación; desconociendo con ello el hecho de que sí algo grave le
llega a suceder al imputado, todos aquellos que frustraron la efectiva puesta en marcha de una eficaz medida de protección solicitada por este letrado, serán llamados justamente a responder por sus actos; pues tamaña desidia y omisión de brindar efectiva protección a una persona que está sufriendo serias amenazas de muerte por querer –justamente- colaborar con la justicia, no puede tener olvido ni mucho menos perdón», afirmó.

Para el abogado, «no cabe duda alguna» en cuanto a que el recurso presentado «es perfectamente aplicable a hechos como los traídos a consideración de VS., pues nadie puede dudar que esto configura ´agravamiento ilegítimo en la forma o condiciones de detención´, circunstancia esta que debe de ser inmediatamente conjurado por VE; por lo que y sin perjuicio de que aun este pendiente de resolución el recurso impetrado por este defensor en torno a la medida morigerativa otorgada por SS al justiciable, y extrañamente apelada por el Sr.
Agente Fiscal, al ser esta una acción absolutamente autónoma, y basada en principios supremos
del orden constitucional en resguardo de un bien jurídico supremo como es la vida, amparada por
nuestra Constitución Nacional y demás Tratados Internacionales en Materia de Derechos
Humanos».

En ese entendimiento, apuntó, «es que el Habeas Corpus aquí intentado se torna absolutamente procedente, y hasta necesario en la emergencia, por lo que así solicitamos se pronuncie VS, y sin dilación alguna haga
lugar y ordene según lo peticionado».

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