Municipios
Intimación judicial: el silencio del Concejo Deliberante aturde

El 25 de abril pasado, desde el Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 8, se ordenó al Ejecutivo local la restitución del predio de la empresa Pilar Bicentenario, donde hasta ahora se encuentra el vacunatorio y otras dependencias municipales.
Textualmente, el juez Marcelo Martínez de Giorgi resolvió “INTIMAR a la MUNICIPALIDAD DE PILAR a fin de que se sirva restituir a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) el referenciado inmueble de la sociedad Pilar Bicentenario SA (ubicado en la Autopista Acceso Norte, Ramal Pilar, km. 46, Inscripción de dominio: Partido 84, Matrícula 1214, Nomenclatura catastral: Circunscripción 10, Sección rural, Parcela 2349-C) en el plazo de 10 días hábiles”, al tiempo que hizo lugar “AL LEVANTAMIENTO DE LA INHIBICIÓN GENERAL
DE BIENES DECRETADA EN AUTOS SOBRE PILAR BICENTENARIO S.A”.
Entre otras consideraciones, el magistrado recordó que “a raíz de la intervención judicial de Pilar Bicentenario, el primer interventor judicial y el Municipio de Pilar acordaron la entrega en custodia de las nueve hectáreas que componen el inmueble de la sociedad en favor del segundo, en carácter temporario y en el marco de la Ley de Emergencia Pública Nacional cuando dispuso AUTORIZAR la entrega por parte de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) al Municipio de Pilar, del referenciado inmueble de la sociedad Pilar Bicentenario SA, bajo la modalidad y las condiciones estipuladas en el acuerdo acompañado, con los alcances allí previstos, de conformidad con lo dispuesto en el Considerando III
(Ley nº 27.541), de Emergencia Pública Nacional en materia sanitaria”.
En ese sentido, también aludió a que “según precisaron la sociedad y sus interventores, la Agencia de Administración de Bienes del Estado ha revocado el derecho de uso del inmueble en favor del Municipio de Pilar e intimado a esa administración a restituir el bien mediante carta documento, no obstante lo cual el terreno continúa siendo usufructuado por la Municipalidad quien justificó la permanencia de sus dependientes en el terreno en base a Ley provincial nro.
15.239 (B.O. 18 de enero de 2021), que declaró de utilidad pública y sujeto a
expropiación el inmueble en cuestión”.
Al respecto puntualizó que “la constitucionalidad de la mentada ley fue cuestionada por la sociedad a través de una demanda originaria de inconstitucionalidad promovida ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires en cuyo marco solicitó el dictado de una medida cautelar de no innovar sobre los efectos de la ley”, y que “inicialmente, la Corte provincial resolvió suspender a título precautelar los efectos de la ley, hasta tanto se produjeran las medidas allí ordenadas para mejor proveer”.
Que Pilar Bicentenario SA recobre el predio para vender una parte y cumplir con sus acreedores hizo que Martínez de Giorgi consignara que “no encuentro mérito al temor de que con la venta de un fragmento del terreno de propiedad de Pilar Bicentenario se frustren, sin más, los intereses cuyo resguardo se han atendido hasta este momento”.
“Básicamente, porque la enajenación del terreno, de ser, será a título oneroso y su producido quedará sometido a las condiciones que se impongan en el marco del proceso concursal que atraviesa la sociedad, en resguardo del derecho de sus acreedores; además, porque al aseguramiento del destino del dinero de la venta se yuxtapone la intervención judicial de la sociedad que actualmente llevan adelante los agentes allí designados; finalmente, porque de prosperar la homologación judicial del acuerdo preventivo y del negocio allí incluido, el resto del bien inmueble de Pilar Bicentenario continuará integrando su patrimonio y será susceptible de embargo, de estimarse pertinente”, agregó.
Por último, ordenó, “para que lo dispuesto cobre sentido, previamente, se deberá intimar al Municipio de Pilar a restituir el inmueble en cuestión, en el plazo de 10 días hábiles”, y la notificación de la medida “mediante cédulas de diligenciamiento electrónico”.
La persistente desobediencia judicial del Ejecutivo local, en una causa que puede significar la pérdida de varios millones de dólares que pagarán los contribuyentes, debería provocar alguna inquietud no sólo entre la sociedad -que ya se observa- sino especialmente entre quienes representan los intereses de todos/as como los concejales. Es comprensible, aunque injustificable, esa indiferencia entre los oficialistas, pero entre los opositores, es directamente repudiable.
Ni los Neuspiller, ni las Cáceres o las Zakhem, ni los Alvarez de la vida (ambos abogados), entre otros, se han atrevido a meterse en este tema, cuando menos pidiendo información al Ejecutivo. Su silenciosa actitud frente a riesgos ciertos como éste no tiene explicación. O al menos no la conocemos.
Más aún, varios de ellos, como los mencionados Alvarez y Zakhem, tienen la película completa de esta historia desde sus inicios, de cuando operaban activamente los emisarios de Humberto Zúccaro.



Estas cosas incitan a la violencia, expropiaciones como si esto fuera Venezuela.
El consejo deliberante da verguenza, son todos la misma casta de ladrones, los vientos estan cambiando y juro que nos las van a pagar uno a uno. Los nombres son todos publicos.