Provincia

Piden tres años de prisión por la muerte de un paciente en San Camilo

Un ex empleado de seguridad del centro San Camilo, del partido de Pilar, es el principal acusado por homicidio culposo tras la muerte de un joven con consumos problemáticos e insulinodependiente que fue recluido en una habitación precaria a modo de castigo.

En el primer juicio oral por el suicidio de un paciente en una comunidad terapéutica, la Fiscalía pidió este jueves una pena de 3 años de prisión de cumplimiento efectivo para un exempleado de seguridad del centro San Camilo, del partido bonaerense de Pilar, por homicidio culposo tras la muerte de un joven con consumos problemáticos e insulinodependiente que fue recluido en una habitación precaria a modo de castigo.

La jornada de alegatos comenzó pasadas las 9 en el Juzgado en lo Correccional Nro 4 de San Isidro con Ángel «Pipi» Súñez, exempleado de la Fundación San Camilo, en el banquillo de los acusados por la muerte, en 2013, de Saulo Rojas, un joven mendocino de 23 años.

Desde la sanción de la Ley Nacional de Salud Mental en 2010, esta es la primera vez que un miembro de una comunidad terapéutica llega a juicio oral por el suicidio de un paciente.

Durante la audiencia de este jueves, la fiscal Paula Valeria Oyola pidió una pena de 3 años de prisión de cumplimiento efectivo y también solicitó que a Súñez se lo inhabilite por 10 años para ocupar cargos públicos o privados en cualquier tipo de institución donde se deba vigilar o cuidar a seres humanos.

Asimismo, la fiscal pidió que la totalidad de la prueba documental de la causa quede para investigación, ya que aseguró que se trata de «hechos sumamente graves para la vigencia de los Derechos Humanos» y advirtió que el caso de Saulo Rojas es «un árbol que no puede dejar de mostrarnos el bosque».

A su turno, el abogado defensor Rodolfo Andreacchio pidió una atenuación de la pena ante la confesión de culpabilidad expresada por el acusado durante la jornada de este miércoles, que la misma sea en suspenso y coincidió en el pedido de inhabilitación realizado por la Fiscalía.

Tras escuchar los alegatos, el juez Juan Facundo Ocampo convocó a una nueva audiencia el próximo lunes para la lectura del veredicto, a pesar de que la familia de la víctima esperaba que se definiera este jueves mismo la sentencia.

El acusado era empleado de seguridad de la Fundación San Camilo, donde Saulo estaba internado desde junio de 2012 y un año después se quitó la vida en una habitación llamada «el engomado», a donde se recluía a pacientes a modo de castigo, algo prohibido por la ley de Salud Mental sancionada en 2010.

En 2017, el establecimiento fue clausurado por el Ministerio de Salud bonaerense tras constatar «graves falencias edilicias, tratos y penas crueles, inhumanos y degradantes proporcionados a los usuarios».

Por la muerte de Rojas fueron imputados Martín Iribarne, dueño de la Fundación, y Alejandro Jacinto, psicólogo y director terapéutico, quienes no tenían antecedentes penales y aceptaron una «probation».

Súñez, en cambio, llegó a la instancia de juicio oral acusado por homicidio culposo y la fiscal alegó este jueves que «se ha logrado acreditar con la totalidad de las pruebas y los testimonios que el día 14 de junio de 2013 el imputado, que cumplía la función de vigilador en San Camilo, aisló en una habitación en construcción a Saulo y violó el deber de cuidado que le era exigido».

Sobre este punto, la fiscal precisó que era una habitación «sin revoque, sin piso, sin muebles, sin electricidad», y señaló que el instructivo del establecimiento ordenaba que el personal de seguridad debía sacarle al paciente «los objetos que podían atentar contra su vida cuando la persona quedaba aislada».

Al repasar toda la prueba, la representante del Ministerio Público Fiscal indicó que «Súñez, en forma gravemente negligente, no le quitó un elemento de gran importancia, el cinturón, con el que Saulo Rojas se quitó la vida», y alegó que el paciente «tomó esa decisión porque Súñez no hizo lo que debía».

«Saulo era una persona de 23 años con estas afectaciones, dos enfermedades (diabetes y consumos problemáticos) y un estado extremo de vulnerabilidad», remarcó la fiscal, y advirtió que no se puede argumentar que Súñez tuvo «un mero descuido».

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