Provincia

Piden la supresión de la tasa por covid-19 implementada por el municipio de Pilar

El empresario y dirigente del Peronismo Republicano, Christian Dietz, pidió al Ejecutivo municipal y, por consiguiente, al Concejo Deliberante local, la reconsideración de «la medida arbitraria dictada por ustedes en detrimento de la mayoría de los contribuyentes de Pilar».

El presentante se mostró convencido de que la denominada ´tasa covid´, una iniciativa de la intendencia votada por la mayoría oficialista en el Concejo, «va en detrimento no solo de los intereses de los vecinos contribuyentes de Pilar, sino también de los pequeños y medianos comerciantes»,  en la certeza de que «antes de su dictado, se debería haber incluido con la votación del Presupuesto 2021».

En ese sentido Dietz recordó que «el municipio ya tiene presupuesto asignado para los supuestos servicios que le cobra al contribuyente, encontrándose él mismo desprotegido por la pandemia que es de público y notorio conocimiento, toda vez que sus ingresos disminuyeron, no pudiendo afrontarlo la mayoría de los comerciantes, a los que no les queda otra salida que el cierre de sus comercios».

Cabe consignarse que la ordenanza en cuestión especifica que esta tasa se abona por la prestación de los siguientes servicios:

a) Los testeos, exámenes y tratamientos médicos realizados a la población, relacionados con la enfermedad.

b) Los controles de síntomas a la población dispuestos en los distintos puntos del Municipio.

c) El cuidado de la salud psíquica y atención de problemas sociales derivados del aislamiento preventivo social y obligatorio en Centros de Salud del Municipio o por vía remota.

d) La adquisición de suministros médicos y materiales de protección para el personal esencial a los efectos de cumplir con los protocolos especiales de prevención que requiere la enfermedad.

e) El desarrollo, puesta en funcionamiento y mantenimiento de los Centros de atención COVID-19, ya sea para internación o aislamiento.

f) Toda otra adquisición o prestación de servicios relacionados con la sanidad misma originado por el COVID19.

g) Por los servicios de desinfección y sanitización de superficies que deba realizarse en locales, 78 Ordenanza Fiscal 2021 establecimientos, vehículos de carga y/o cualquier otro sitio donde se ejerza actividad comercial, administrativa y/o industrial, ante la denuncia de un caso sospechoso o confirmado de COVID-19, de oficio o a requerimiento del contribuyente, como así también en las situaciones de prevención que establezcan los protocolos y la reglamentación.

h) El vallado de calles, paseos públicos, refugios, plazas, bancos y demás espacios de gran circulación para el cumplimiento de los protocolos sanitarios estipulados.

i) El diseño y efectivización de los protocolos preventivos en los espacios públicos.

j) Suministro de alimentos, raciones de comida y/o cualquier otra modalidad adoptada ya sea en forma directa o a través de comedores populares a los efectos de cubrir las necesidades nutricionales de aquellas familias que se encuentren imposibilitadas de acceder a éstos y; tales erogaciones no estén cubiertas por fondos provenientes de programas de la Provincia o de la Nación. Los servicios de comunicación a los vecinos sobre medidas preventivas, programas, atención en establecimientos y toda otra información de relevancia en diferentes medios de comunicación audiovisual, gráficos, redes, vía pública, etc.

k) Las líneas de atención telefónica para la atención de consultas, reclamos y toda otra información relacionada con la enfermedad.

 

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