Economía

Ultimátum del BCRA a Mercado Pago, MODO y otros

El BCRA vuelve a meter mano en la disputa entre los bancos y las fintech al permitir realizar pagos con cualquier billetera virtual.

El Banco Central (BCRA) golpea fuerte contra las billeteras virtuales que popularizaron, invirtieron y gastaron millones en inversiones, para promocionar su QR y le ha dado la ventaja a los bancos tradicionales en la dispuesta entre estos y las fintech (Mercado Pago, MODO y otros).

A partir de ahora, los comercios que exhiban un código QR para cobrar con tarjetas de crédito deberán aceptar que los clientes puedan realizar los pagos con cualquier billetera digital interoperable, independientemente de la marca del QR. Los adquirentes y agregadores que ofrecen el servicio no podrán discriminar en las comisiones y plazos de acreditación de los fondos al comercio según la marca de billetera que ordenó el pago.

Esta normativa fue dispuesta por el BCRA con el objetivo de mejorar la experiencia tanto para las personas usuarias como para los comercios y entrará en vigor a partir del 1º de septiembre.

En el mismo sentido, el BCRA estipuló que cuando los adquirentes o agregadores también sean aceptadores de pagos con transferencia, deberán ofrecer a los comercios un único código QR que contemple todos los instrumentos de pago.

De esta manera, la experiencia de pago será más amigable para las personas, ya que, hasta ahora la interoperabilidad de los QR estaba limitada a los pagos con transferencia (PCT). A partir de la implementación de la nueva medida, luego de leer un código QR, la persona usuaria podrá elegir si para abonar usará PCT o tarjeta de crédito, sin necesidad de cambiar de billetera digital para hacer el pago.

Para lograr más transparencia, la nueva disposición amplía el alcance del registro de proveedores de pago que se puede consultar en el sitio web del BCRA. Ahora también deberán registrarse:

  • Aceptadores: adhieren a comercios para permitirles cobrar con pago con transferencia (PCT) en el marco del programa Transferencias 3.0.
  • Adquirentes: adhieren a comercios para permitirles cobrar con tarjetas de débito, crédito y/o prepagas.
  • Agregadores o subadquirentes: proporcionan a comercios acceso al cobro mediante tarjetas de débito, crédito y/o prepagas, u otros instrumentos. Actúan como receptor de los fondos provenientes de las liquidaciones de estos instrumentos previos a la acreditación a comercios.

Además, se incluirán en el registro de PSP a las empresas de cobranza extrabancaria que brindan servicios de pagos, cobranzas de impuestos, servicios mediante el uso de efectivo y otros instrumentos de pago.

Por último, la normativa extiende a los PSP que inician transferencias inmediatas desde cuentas provistas por otros (iniciadores de pagos, PSI) la obligación de cumplir con las normas para este instrumento de pago. Una de las consecuencias más importantes será que los PSI deberán posibilitar a sus clientes realizar transferencias tanto hacia CBU como CVU, como lo hacen actualmente las entidades financieras u otros PSP que ofrecen cuentas de pago a sus clientes.

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

+ 84 = 92

Noticias relacionadas

Follow by Email
Twitter
YouTube
Instagram
WhatsApp