Nación

La Ley Ómnibus y la educación: examen final en secundaria y universidad arancelada para extranjeros no residentes

El proyecto que presentó el gobierno establece un examen obligatorio al terminar la escuela y define que los docentes deberán revalidar sus conocimientos cada 5 años. Se mantiene la gratuidad de las carreras universitarias para argentinos y extranjeros con residencia permanente.

La Ley Ómnibus que envió hoy el gobierno al Congreso de la Nación abre la puerta al arancelamiento en institutos y universidades nacionales para extranjeros sin residencia permanente en Argentina.

La modificación del artículo 2° bis de la Ley de Educación Superior propuesta en la nueva regulación habilita el cobro de carreras de grado en estudiantes que provengan desde el exterior del país y no puedan acreditar estadía permanente en el país.

Según la nueva reglamentación, que debe ser aprobada por el parlamento, “los estudios de grado en las instituciones de educación superior de gestión estatal para todo ciudadano argentino nativo o por opción y para todo extranjero que cuente con residencia permanente en el país, son gratuitos”

“Las instituciones de educación superior de gestión estatal y las universidades nacionales en ejercicio de su autonomía, podrán establecer aranceles para los servicios de enseñanza de grado o de trayectos educativos para aquellos estudiantes que no reúnan los requisitos previstos en el párrafo primero”, sostiene a continuación el proyecto que envió el Ejecutivo al Congreso.

La norma vigente en la actualidad mediante la ley 24.521 garantiza la gratuidad de los estudios de grado en las instituciones de educación superior de gestión estatal e instaura la prohibición de establecer sobre ellos cualquier tipo de gravamen, pero no realiza la mencionada diferenciación que establece el artículo 553 de la nueva normativa.

De esta manera, las universidades e institutos de educación superior estatales podrían quedar habilitados a arancelar los estudios para extranjeros en caso de que avance la regulación impulsada por el gobierno del presidente Javier Milei.

También propone un examen para todos los estudiantes al final de la secundaria, la difusión de los resultados de evaluaciones estandarizadas por escuela y una mayor evaluación de los docentes. “Al finalizar los estudios de educación secundaria el Estado Nacional tomará un examen censal obligatorio que mida los aprendizajes adquiridos y las capacidades desarrolladas por los adolescentes que egresan”. A diferencia de lo que sucede con las pruebas Aprender, el artículo establece que “el alumno tendrá derecho a conocer y recibir una certificación del resultado”.

Se establece además que “todos los alumnos deberán ser evaluados con periodicidad en términos de matemáticas y lecto-comprensión en adición a otras evaluaciones que determine la autoridad de aplicación”.

El proyecto mantiene dos alternativas para la carrera docente, el desempeño en el aula y el desempeño de la función directiva y de supervisión, pero agrega que el ascenso dependerá no solo de la formación, sino también de la “evaluación continua”, una expresión que no aparecía en la ley actual. Este artículo –que reemplaza al 69 de la LEN– agrega que “los egresados de carreras técnicas y de grado de la educación superior podrán integrarse como docentes en el sistema educativo”.

También se señala que “la evaluación periódica será una condición y un aliciente para poder desempeñarse como docente en el país”. El inciso siguiente especifica que la evaluación continua requerirá “revalidar las capacidades y conocimientos de docentes cada cinco años”.

 

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