Nación

Qué trabajadores quedan eximidos de la presencialidad

El gobierno nacional oficializó la medida que exime de la presenciales a trabajadores con hijos en edad escolar.

El gobierno nacional oficializó este viernes 12 de febrero la resolución en la que exime de presencialidad a trabajadores que resulten indispensables en el hogar en el marco del ciclo lectivo próximo a iniciar. A quiénes alcanza la medida en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus.

La Resolución 60/2021 lleva la firma del ministro de Trabajo, Claudio Moroni, y fue publicada en el Boletín Oficial. La misma establece que «a partir del inicio del ciclo lectivo 2021 en cada jurisdicción, se considerará justificada la inasistencia del progenitor, progenitora, o persona adulta responsable a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente».

La normativa se podrá aplicar en «los días en que no concurran a clases presenciales en el establecimiento educativo respectivo» y en «los días que concurran con jornada presencial reducida y no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo correspondiente».

Asimismo, señala que «la persona alcanzada por esta justificación deberá notificar tal circunstancia a su empleador o empleadora. Además, para permitir el adecuado control, deberá completar una declaración jurada que deberá contener: «los datos del niño, niña o adolescente; grado o año que cursa y datos del establecimiento educativo al que concurre; el régimen de presencialidad que se haya dispuesto en esa institución; la declaración de que su presencia en el hogar resulta indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente, los días en que no concurran a clases presenciales o no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo».

La resolución dispone que «podrá acogerse a esta justificación solo un progenitor o persona responsable de los cuidados, por hogar”.

Entre los fundamentos en el marco de la vuelta a las clases presenciales, la medida consideró que es ante el «inminente el inicio del ciclo lectivo 2021 con la posibilidad del dictado de clases presenciales de manera parcial, en las zonas geográficas en las que rijan las medidas de distanciamiento, social, preventivo y obligatorio y según las circunstancias y demás factores lo permitan».

A su vez, es «en función de las distintas situaciones epidemiológicas y de las decisiones que al respecto tomen las autoridades de las distintas jurisdicciones, la modalidad de retorno a la presencialidad se dispondrá de diversas maneras, en lo que hace a regímenes horarios y las diversas variantes de presencialidad y educación a distancia»,

Por lo que «sin dejar de tener en cuenta dichas diferencias, se hace necesario establecer pautas comunes para atender tanto al retorno de la escolaridad presencial que podría efectuarse en algunas jurisdicciones en forma parcial, cuanto a las tareas de cuidado en el hogar, así como a la previsibilidad en la dinámica de las relaciones laborales».

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