Provincia

Boletín Oficial: la provincia dio luz verde a los nuevos aumentos al transporte

El gobierno provincial dio luz verde a una nueva adenda con Trasporte de la Nación para el procedimiento de Liquidación y Pago de Compensaciones Tarifarias y Gasoil a Precio Diferencial al Transporte Público de Pasajeros.

 

A través del decreto N° 13, el gobierno de la provincia aprobó la Adenda IX al Convenio de Colaboración Técnica y Cooperación Institucional celebrado entre el Ministerio de Transporte de la Nación y la provincia de Buenos Aires -Procedimiento de Liquidación y Pago de Compensaciones Tarifarias y Gasoil a Precio Diferencial al Transporte Público de Pasajeros por Automotor- suscripta el 6 de diciembre de 2023.

De esta manera, en los considerandos de la medida se destaca que “ hasta tanto la Provincia cuente con las herramientas para la producción y procesamiento de información a los fines de proceder al cálculo para la liquidación y pago de compensaciones, tales como reporte de kilómetros electrónicos, control de demanda de pasajes, sistema de gestión de flota y verificación del personal, resulta necesario prorrogar nuevamente el Convenio de Colaboración Técnica y Cooperación Institucional”.

En consecuencia, el Ministro de Transporte de la Provincia de Buenos Aires y el Secretario de Articulación Interjurisdiccional del Ministerio de Transporte de la Nación han suscripto, el 6 de diciembre de 2023, la Adenda IX al Convenio de Colaboración Técnica y Cooperación Institucional, que prorroga, por el período comprendido entre el 1° de enero de 2024 y el 31 de diciembre del mismo año, lo dispuesto en el convenio original y sus respectivas adendas.

En este sentido, desde la cartera provincial se establecieron los parámetros operativos en aspectos vinculados al estudio de costos, determinación de tarifas y demás cuestiones técnicas del servicio de transporte público de pasajeros por automotor en la jurisdicción de la provincia de Buenos Aires.

Boletín Oficial: Provincia dio luz verde a los nuevos aumentos al transporte

Cabe destacar que, según la normativa anterior mencionada, serán beneficiarios del precio diferencial del gasoil los operadores de transporte público por automotor de jurisdicción provincial y municipal del Área Metropolitana de Buenos Aires, las empresas que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Resolución N° 23 del 23 de Julio de 2003 de la ex Secretaria de Transporte, normas concordantes y complementarias, prestatarias de servicios de transporte público de pasajeros por automotor que se encontraren incluidas en el beneficio relativo al Régimen de Gasoil a Precio Diferencial al 31 de diciembre de 2018 y siempre que presten el servicio bajo pautas de continuidad, regularidad, generalidad, obligatoriedad, habitualidad y uniformidad en igualdad de condiciones para todos los usuarios y que dicho servicio este sujeto a una tarifa expresamente regulada”.

Asimismo se destaca en los anexos que “corresponde tener en consideración que existen numerosos casos en los que la prestación del servicio público de transporte de pasajeros por automotor es desarrollado por Cooperativas de Trabajo y/o directamente por los Municipios de la Provincia de Buenos Aires, cuyos servicios se encuentran incluidos en los regímenes de compensaciones tarifarias correspondientes at Sistema Integrado de Transporte Automotor (SISTAU) y sus regímenes complementarios, en los términos del Decreto N° 652 de fecha 19 de abril de 2002, como asimismo en el Régimen de Gasoil a Precio Diferencial, de conformidad con lo expuesto en la Resolución N° 23 de fecha 23 de Julio de 2003 de la ex Secretaria de Transporte, normas concordantes y complementarias a la normativa mencionada, con anterioridad al dictado de la Resolución N° 422 de fecha 21 de septiembre de 2012 del ex Ministerio del Interior y Transporte”.

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