Provincia
Más de 36 mil presos pueden votar en la provincia
La provincia de Buenos Aires acumula más de la mitad del total de la población que se encuentra privada de la libertad en sus 95 penales. Cómo es el sistema de votación.
Más de 70 mil presos podrán votar en las elecciones primarias del domingo 13 de agosto y para ello utilizarán la boleta única como sistema de sufragio en las distintas cárceles de todo el país.
La cifra exacta de personas privadas de la libertad que se encuentran registradas en el padrón electoral es de 70.018.
Más de la mitad de esa población se encuentra en los 95 penales de la Provincia de Buenos Aires: son 36.516 los electores detenidos.
Córdoba y Santa Fe son los dos distritos que completan el podio con mayor cantidad de votantes tras las rejas: 8.218 y 5.299 ciudadanos privados de la libertad están en condiciones de sufragar, respectivamente.
En total, son 305 centros de reclusión, desde complejos penitenciarios hasta alcaidías, pasando por centro de contención infanto-juvenil.
El lugar con mayor caudal de votos de privados de la libertad es la Unidad número dos de Sierra Chica, de máxima seguridad y donde se encuentran, entre otros, los rugbiers condenados por el crimen del joven Fernando Báez Sosa: allí hay registradas 2.108 personas en condiciones de votar.
Todos los electores privados de la libertad votarán con el sistema de boleta única, a diferencia de la tradicional papeleta sábana que rige para la mayor parte de los ciudadanos.
El Código Electoral Nacional reconoce el derecho a votar a las personas procesadas que se encuentren cumpliendo prisión preventiva.
Si la persona procesada está detenida en un distrito electoral diferente al que le corresponde por su domicilio registrado, votará en el establecimiento donde se encuentra alojada y el voto se computará para el distrito donde está empadronada.
Para poder votar las personas procesadas que estén cumpliendo detención deben estar incluidas en el Registro de Electores Privados de Libertad, que es elaborado por la Cámara Nacional Electoral.
Los electores sólo pueden votar en la mesa receptora de votos donde figuran y las autoridades de las cárceles deben arbitrar los medios para que cada privado de la libertad reciba su documento cívico dentro de las 24 horas anteriores a la fecha de los comicios.