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Reforma laboral: jornadas de 12 horas e indemnizaciones en cuotas, los principales puntos de la ley que impulsa el gobierno

Con respaldo electoral y apoyo legislativo, el gobierno relanza su ofensiva para modernizar la legislación laboral, ampliar la jornada de trabajo y fomentar el empleo formal. Rechazo de los sindicatos.
- Jornadas de hasta 12 horas: El tema más controvertido es de la extensión de las jornadas laborales. El texto incorpora la posibilidad de que las convenciones colectivas de trabajo establezcan regímenes adaptados a los cambios en las modalidades de producción, incluyendo la gestión de horas extras, bancos de horas y francos compensatorios, siempre respetando un mínimo de 12 horas de descanso entre jornadas. Ese “mínimo de 12 horas de descanso” da lugar a la interpretación de que las jornadas de trabajo podrían extenderse, también, hasta 12 horas.
- Licencias por enfermedad: Se introduce un nuevo procedimiento de verificación médica a cargo del Ministerio de Capital Humano. Si el trabajador no se reincorpora tras un año de reserva del puesto, cualquiera de las partes podrá dar por finalizada la relación sin indemnización.
- Vacaciones: También se flexibiliza el régimen de vacaciones, permitiendo dividirlas en períodos no menores a una semana y garantizando que cada empleado pueda tomarlas en verano al menos una vez cada 2 años. Los trabajadores casados o en unión convivencial que trabajen para el mismo empleador podrán coordinar sus licencias.
- Indemnizaciones: En cuanto a las indemnizaciones, las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) podrán abonarlas en hasta 12 cuotas mensuales consecutivas, medida que también se aplica a sentencias judiciales por créditos laborales.
- Recibos y remuneraciones: En materia de remuneraciones y recibos de sueldo, se habilita el pago en efectivo, cheque o acreditación bancaria y se permite la instrumentación electrónica de los recibos, que deberán contener información detallada sobre el empleador, el trabajador, los conceptos liquidados y las deducciones practicadas.
- Beneficios sociales no remunerativos: La ley amplía el listado de beneficios sociales no remunerativos —como viáticos, guarderías, útiles escolares, acceso a internet y planes de salud— que el empleador podrá otorgar sin que integren el salario.
- Incentivos al empleo registrado: Uno de los ejes más relevantes es la creación de un sistema de bonos de crédito fiscal para empleadores que generen nuevos puestos de trabajo en los primeros 18 meses de vigencia de la ley. El beneficio varía según el tamaño de la empresa. En el caso de las microempresas, será de 100% de las contribuciones patronales durante 12 meses. En las pequeñas, el beneficio será del 75%. En las medianas del 50% y en las grandes del 25%. El beneficio, además, solo se otorgará si la contratación implica un incremento neto en la nómina, y el trabajador no registró empleo en los tres meses previos.
- “Empalme” con planes sociales: Quienes consigan empleo formal podrán mantener la asistencia por hasta 13 meses, tras lo cual el beneficio se dará de baja automáticamente.
- Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI): Se trata de un régimen del gobierno destinado a incentivar las medianas inversiones nacionales y extranjeras para promover el desarrollo económico y favorecer la creación de empleo, entre otros puntos. Las empresas deberán invertir sumas de entre US$ 150.000 (micro), pasando por US$ 3.500.000 (medianas) a US$ 30.000.000 (grandes). Con ello se establecen beneficios en el Impuesto a las ganancias a través de amortizaciones aceleradas y en IVA a través de la devolución anticipada del impuesto, entre otros.
“Negociaciones dinámicas”
El secretario de Trabajo, Julio Cordero, ex ejecutivo del Grupo Techint y principal redactor del DNU 70/23, es uno de los artífices del proyecto. Su idea de “negociaciones dinámicas” por empresa y productividad recuerda las reformas laborales de los años noventa impulsadas por Domingo Cavallo.
El texto, debatido en el Consejo de Mayo con representantes empresariales y sindicales, busca convertirse en “el puntapié de una nueva etapa de transformaciones”, se aseguró.
Rechazo gremial
Sin embargo, la CGT mantiene una posición de rechazo. “La pretendida reforma laboral que impulsa el gobierno no es más que la ratificación del Decreto 70/23 en su capítulo laboral”, advirtió Gerardo Martínez (UOCRA) en un comunicado, reiterando el “rechazo categórico a cualquier intento de flexibilización”.
Por su parte Luis Campos, coordinador del Observatorio del Derecho Social de la CTA, indicó que la reforma laboral que impulsa el gobierno nacional podría significar “un retroceso histórico en los derechos laborales” y alertó sobre el intento de volver a un modelo de relaciones laborales “propio del siglo XIX”.
Campos aseguró que estas reformas parten de la idea de que trabajadores y empleadores están en igualdad de condiciones, algo que “es falso y desconoce la historia de las luchas obreras”. También advirtió que la lógica de desregulación “nos lleva a una época donde el Estado no intervenía y los trabajadores podían ser explotados sin límites”.



