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Polémica terminada: la AFA ya tiene domicilio en Pilar

La Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ) autorizó el cambio de domicilio de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) a la provincia de Buenos Aires.
La resolución indica que el ente da por concluido el trámite. El nuevo domicilio de la entidad afista es en Mercedes al 1366, en el municipio de Pilar. A raíz de esta resolución, firmada el 25 de febrero de 2026, el control de legalidad sobre el funcionamiento de la AFA corresponde exclusivamente a la autoridad provincial.
El trámite se originó luego de que la AFA aprobara en Asamblea General Ordinaria, el 17 de octubre de 2024, la modificación del artículo 1° de su estatuto para fijar domicilio en la Provincia de Buenos Aires.
Días más tarde, el Comité Ejecutivo estableció la sede social en la calle Mercedes 1366, en Pilar, y la sede deportiva en el predio “Lionel Andrés Messi”, en Ezeiza. En noviembre de ese año, la DPPJ ordenó la inscripción del cambio, aunque condicionó la registración de nuevos actos a la acreditación de la cancelación ante la Inspección General de Justicia (IGJ).
El 18 de febrero de 2026 la IGJ dictó una resolución por la cual rechazó la inscripción de la reforma y denegó la cancelación registral en la Ciudad de Buenos Aires. El organismo argumentó la existencia de gestiones pendientes, entre ellos una reforma estatutaria en curso y observaciones sobre ejercicios contables de años anteriores y cuestionó la operatividad de la sede declarada en Pilar tras una inspección.
Frente a ello, la autoridad bonaerense sostuvo que el cambio de domicilio fue decidido por el órgano soberano de la asociación con cumplimiento de las mayorías y formalidades exigidas, y recordó que, conforme al Código Civil y Comercial, la modificación del estatuto produce efectos desde su otorgamiento.
En esa línea, afirmó que desde el 15 de noviembre de 2024 -fecha de inscripción en la provincia- la IGJ perdió competencia sobre la entidad, por lo que no puede ejercer un doble control sobre el mismo acto.
La resolución provincial enfatiza además la diferencia jurídica entre domicilio y sede social, y remarca que la fijación de la sede no requiere reforma estatutaria. También advierte que admitir la coexistencia de facultades de fiscalización entre dos organismos distintos vulneraría principios del federalismo previstos en la Constitución Nacional.
Puntualmente, la resolución bonaerense establece lo siguiente:
Artículo 1°. Tomar razón de la finalización del trámite de cambio de jurisdicción-reforma de la Asociación del Fútbol Argentino con sede en el partido del Pilar, de conformidad con los argumentos expuestos en el considerando.
Artículo 2°: Dar intervención a la Dirección de Registro a los fines de proceder a la registración dispuesta por el Artículo 1° de la presente Resolución.



