Nación

Aislamiento social preventivo obligatorio

Lo permitido y lo prohibido punto por punto

Acompañado de gobernadores y referentes de la oposición, el Presidente Alberto Fernández confirmó, finalmente, el alcance del “aislamiento obligatorio” que dictó el Gobierno en el marco de las medidas adoptadas para prevenir la propagación de Coronavirus.

Se trata, en los hechos, de una profundización de las medidas adoptadas que, hasta hoy, permanecían en el marco de las “recomendaciones” e involucra a toda la ciudadanía, más allá de aquellos sectores que conforman la denoninada “población de riesgo”

Lo que sigue, es un punteo de lo que está permitido y lo que está prohibido desde las 00 horas de anoche, hasta las 24 horas del 31 de marzo próximo:

1) Las personas deberán permanecer en su residencia habitual o en la residencia en que se encuentren hoy a la medianoche.

2) Se prohíbe libre circulación (controles en rutas y espacios púbicos).

3) El aislamiento solo permite desplazamientos mínimos e indispensables (supermercado, farmacia, ferretería, veterinaria, comercio de proximidad).

4) Exceptuadas del aislamiento: Salud, Seguridad, Defensa, Migraciones, Bomberos, Autoridades superiores del estado, Justicia (mínimo), diplomático.

5) Personas que asistan a otras personas, comedores escolares, comunitarios y merenderos.

6) Servicios de comunicación audiovisual, radio y gráfica.

7) Industrias, alimentación, limpieza, medicamentos, producción agropecuaria, lavandería, petróleo, obra pública.

8) Transporte público urbano (exceptuando larga distancia y cabotaje).

9) Recolección de residuos, servicios públicos básicos.

10) Transporte de carga.

11) Estaciones de servicios.

12) Servicios postales y paquetería.

13) Cajeros automáticos.

 

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